Panamá, 05 de octubre de 2023.
La Cámara Minera de Panamá (CAMIPA), como gremio técnico y representativo del sector minero, honrando su obligación de informar de manera cierta, objetiva, basada en hechos, datos comprobados y con bases científicas y técnicas, expresa ante la opinión pública su preocupación por la forma en que se han abordado los temas del contrato entre Minera Panamá (MPSA) y el Estado panameño.
Vemos con preocupación, cómo algunos sectores de la sociedad, grupos de interés radicalizados, y unos pocos medios de comunicación, han querido llevar el tema de la discusión del contrato de MPSA al plano de la conveniencia o no de desarrollar la industria minera en nuestro país. Opinamos que, a todas luces para efectos de las operaciones de MPSA y del sector minero, luego de años de trabajo, una inversión multimillonaria y significativos aportes al Desarrollo Sostenible, el esgrimir argumentos de “No a la Minería” y oponerse al contrato, es completamente extemporáneo.
Llamamos a que cualquier discusión acerca de la minería sea a través de una conversación honesta y constructiva, con sustento científico y real, sin esgrimir mitos y tergiversaciones que buscan crear temores en la población, y sin sesgos políticos e ideológicos que siguen intereses muy distintos a buscar el bienestar, la seguridad y desarrollo sostenible, especialmente en las zonas del interior del país que, como nunca antes, han podido ver cómo un proyecto minero ha producido cambios en los ingresos y oportunidades para sus habitantes.
La minería en Panamá se remonta a los tiempos precolombinos, y el potencial minero de nuestro subsuelo es tan grande, que es un grave atentado a las oportunidades de los panameños que han vivido por generaciones en zonas económicamente deprimidas sin que se haya materializado ninguna de las promesas de soñadores, idealistas y extremistas, el impedir que nuestro pueblo se beneficie del mismo. La mina Cobre Panamá es solo uno de los yacimientos conocidos en el país, y ha demostrado que la minería bien hecha, como se hace en muchos de los países desarrollados, aporta significativamente al Desarrollo Sostenible en sus diversas dimensiones, como lo muestran algunos de los muchos ejemplos:
- Económica: La mina es, junto al Canal, motor de la economía nacional, como es ampliamente reconocido por organismos internacionales y calificadoras de riesgo internacionales, logrando, por primera vez en la historia republicana, que los mayores salarios promedio de Panamá se estén dando en una zona del interior de país, prueba fehaciente de que la minería es un mecanismo efectivo de combate a la desigualdad.
- Social: Genera programas mediante los que más de 250 familias de la región de Donoso y Coclesito, han abandonado las prácticas agropecuarias de subsistencia (perpetuadoras de la pobreza inter-generacional) y ahora, utilizando prácticas sostenibles y sin agroquímicos, son pequeños empresarios aglutinados por la Asociación DONLAP y venden más de 60 toneladas de productos a la mina, y al mercado nacional.
- Ambiental: El área protegida de Donoso/Corredor Biológico, ha pasado de serlo en el papel y en teoría, a ser el área con la mayor cantidad de programas de conservación de la biodiversidad en el país. Existen más de 45 estaciones de monitoreo de calidad del agua superficial, aparte de los que ejecutan ahora las instituciones gubernamentales y miembros de las comunidades capacitados para ello.
Ante la importancia de esta positiva realidad a la que no debemos renunciar, y ante las constantes afirmaciones negativas sin sustento real en contra del sector minero y el contrato entre MPSA y el Estado, además de lo delicado y peligroso de las publicaciones donde se hace referencia a que Panamá tendría todas las posibilidades de ganar un Arbitraje en caso de rechazo del Contrato y no continuidad de la operación de la mina, nos obligan a presentar nuestro punto de vista de manera responsable.
Tomando como base nuestra experiencia técnica, y amplias consultas con expertos internacionales muy reconocidos y con múltiples experiencias en arbitrajes en casos mineros (firma Holland & Knight), exponemos aquí la realidad de algunos aspectos relacionados con los arbitrajes internacionales en casos mineros, y aspectos que no han sido mostrados en su totalidad en estas publicaciones sesgadas:
- El Código de Recursos Minerales establece la forma en que el Estado, basado en la Constitución, otorga las concesiones para la explotación de recursos minerales en Panamá. Las concesiones mineras no se rigen por la ley de contrataciones públicas; con estas concesiones se otorga un derecho de explotación del subsuelo, y no se adjudica un servicio u obra que una empresa debe proveer al Estado.
- El arbitraje de inversión se fundamenta en un acuerdo adoptado a través de un Tratado Bilateral de Promoción y Protección a la Inversión (TBI), fundamentado en el compromiso de (i) respetar las inversiones garantizando seguridad y estabilidad jurídica, (ii) deber de no expropiar arbitrariamente una inversión, (iii) garantizar un trato justo y equitativo a la inversión, (iv) no adopción de medidas no razonables o discriminatorias que lesionen derechos adquiridos.
- En un arbitraje de inversión se indemnizan los daños a inversiones realizadas y verificables, ganancias futuras vs ganancias pasadas, y proyecciones de los ingresos que el inversionista deja de percibir.
- Panamá ha ganado parcialmente demandas de arbitraje en el tema de la Ampliación del Canal. También se debe tener en cuenta que estos arbitrajes tratan de casos de reclamos entre el dueño y el contratista de construcción de una obra civil, muy diferente a una demanda por incumplimiento del Estado de un contrato de concesión minera, sin haber incumplimiento por parte de la empresa inversionista.
- Es relevante el caso de incumplimiento de contrato de Dominion Minerals Corp. Vs Panamá, donde a la empresa con contrato de exploración minera (inversión de USD 10M), no se le otorgó la extensión de la concesión a la que tenía derecho (abril de 2010), cumplidos todos los requisitos. El 05 de noviembre de 2020 se condenó al Estado Panameño a pagar cerca de USD30millones por “no otorgar un trato justo y equitativo, …. mediante medidas arbitrarias; y al expropiar …” En Resolución del 21 de julio de 2022 se aceptó apelación presentada por Dominion y está pendiente la decisión sobre el monto final a pagar.
- Se cita el caso de Pacific Rim vs República de El Salvador, el que ganó el Estado Salvadoreño, pero no se pone de relieve que tal como lo señala la misma publicación, “la mina era operada con incumplimientos de las normas salvadoreñas”. Es decir, hay que tener el contexto para entender qué hace que un arbitraje salga a favor del Estado, o a favor del reclamante.
- Es importante aclarar que en el caso de Infinity Gold vs Costa Rica, el Tribunal declaró que “al sancionar la Prohibición Legislativa de la Minería de 2011 e implementarla por medio de la Resolución del MINAET de 2012, la Demandada ha incumplido su obligación en virtud del Artículo II(2)(a) del TBI de otorgar a las inversiones de la Demandante un trato justo y equitativo”, motivo por el cual no es del todo cierto que se haya fallado a favor del Estado de Costa Rica.
Antes de considerar involucrarnos como país en una confrontación legal en un arbitraje internacional por decenas de miles de millones de dólares, debemos aclarar que el arbitraje es un derecho del inversionista, y este puede recurrir al arbitraje al momento en que considere vulnerados sus intereses. Es un error cargado de sesgo y subjetividad, describir al arbitraje como una herramienta para amenazar al Gobierno. Lo que los panameños debemos tener claro es que, cualquiera que sea el resultado de un arbitraje, tanto la empresa como el país se verían seriamente afectados con la suspensión temporal o definitiva (como resulte), de las operaciones de la mina.
Consideramos que es muy adecuado y valoramos muy positivamente, que luego del amplio y exhaustivo proceso de consulta llevado a cabo por el Ejecutivo y luego en la Asamblea, se ha abierto la puerta para realizar cambios en temas específicos que han sido solicitados por la ciudadanía de manera reiterada y responsable. Es importante que Minera Panamá y el Ejecutivo evalúen la propuesta de cambios sugerida de manera colaborativa, y se logre el resultado deseado de beneficio mutuo para todas las partes involucradas, y el país en general.
Una vez sean acordados entre la empresa y el Ejecutivo, es importante que el contrato sea devuelto y continúe su debido proceso dentro de la Asamblea hasta su aprobación y sanción correspondiente, para asegurar una reputación positiva de Panamá como país que respeta la estabilidad jurídica, la protección de la libre empresa, los miles de empleos y empresas contratistas que dependen de este, y evitar una mayor afectación de la calificación de riesgo de inversión en Panamá. El mundo toma nota de estas señales negativas que Panamá envía respecto a la certidumbre de que se respetan los términos y supuestos bajo los que se dio la inversión.
Reiteramos nuestro llamado a toda la ciudadanía a que analicen con detenimiento y que el juicio de valor que se haga sea sereno, racional, responsable y no basado en apasionamientos, ideología, política o temores infundidos por opiniones de quienes, de manera recurrente, se oponen a las soluciones que son reales mecanismos de combate a la desigualdad y generan mejora de la calidad de vida de quienes han sufrido de pobreza crónica.
Actuemos de manera constructiva, y que la discusión se dirija hacia cómo aprovechar de manera ordenada las fortalezas y recursos minerales que el país posee. Renunciar a utilizar un recurso que el mundo quiere y necesita de manera racional y de forma sostenible con los cuidados ambientales adecuados, es un verdadero atentado a las posibilidades y oportunidades de las futuras generaciones.